viernes, 28 de mayo de 2021

REUNIÓN PROGRAMADA POR ZOOM

Estimados /as: A continuación les dejo el link de ingreso para la clase de hoy. Los espero a todos y todas.

ESTEBAN BENITEZ le está invitando a una reunión de Zoom programada.


Tema: Zoom meeting invitation - Reunión de Zoom de ESTEBAN BENITEZ
Hora: 28 may. 2021 03:00 p. m. Buenos Aires, Georgetown

Unirse a la reunión Zoom
https://us04web.zoom.us/j/76107882097?pwd=bks1anhGNjhGOG1aNkNzTEhUL3pCQT09

ID de reunión: 761 0788 2097
Código de acceso: 0bsi5q


jueves, 27 de mayo de 2021

FUENTES Y RAMAS DEL DERECHO

FUENTES DEL DERECHO 

Llamamos fuentes del derecho al origen de las normas que integran el derecho. Esto quiere decir que cuando hablamos de fuentes, nos referimos de donde surgen las normas jurídicas. 

¿ Cuáles son las fuentes del derecho ? 

Una de las clasificaciones tradicionales las ha dividido en fuentes materiales y formales. 

FUENTES MATERIALES: 

Se ha dicho que son situaciones de hecho que determinan el origen material de la norma, como puede ser una situación política, económica y social; Es decir, que las fuentes materiales aluden a la idea, causa u origen de las fuentes formales. 

Por ejemplo: Ante el considerable aumento de femicidios en el país,  (fuente material: situación social) se sanciono la “Ley Micaela” 27.499 sobre capacitación en género y violencia contra las mujeres, esta ley obliga a todas las personas que trabajan en los 3 poderes del Estado Nacional a recibir capacitaciones en temas de género y violencia contra las mujeres,  que luego será legislada en cada provincia en particular.-

 

FUENTES FORMALES:

Las fuentes formales del derecho son: la ley, la costumbre, la Jurisprudencia y la doctrina. 

  • Ley: Llamamos ley a toda norma general y obligatoria sancionada por un órgano del estado de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución Nacional y provincial. En nuestro ordenamiento jurídico, la ley es la fuente formal del derecho y es la única fuente que resulta obligatoria.-

Cuando se habla de leyes, se hace referencia al procedimiento de creación de la norma, a las leyes que dicta el poder legislativo de conformidad con el proceso constitucional fijado. En Argentina el proceso de creación de las normas está contemplado en nuestra constitución nacional, precisamente en los artículos 77 al 84 y en nuestra provincia de Neuquén, el procedimiento de creación de normas rige por los Artículos 193 al 198 .-

  • Costumbre: Se llama costumbre a la repetición habitual de una determinada conducta humana que con el pasar del tiempo, conlleva la creación de una norma jurídica. Es la fuente formal más antigua, es de carácter cultural y conlleva a una serie de conductas que son jurídicamente obligatorias y que se aplican de manera generalizada en una comunidad. 

Por ejemplo: no poner en riesgo ni atentar en contra de la vida de otras personas. Otro ejemplo sería la creación de semáforos para organizar el tránsito de una ciudad, etc.- 

  • Jurisprudencia: es la interpretación de las leyes que realiza el juez en casos donde las leyes primarias ( en primera instancia) no resuelven de manera clara los asuntos discutidos y presentan dificultad en la integración e interpretación de estas. A nivel provincial es establecida por los tribunales superiores de justicia o por la Corte Suprema a Nivel Nacional. También se le conoce como fuente indirecta que por sí mismas no crean el Derecho pero ayuda a interpretar y explicar una ley.
  • Doctrina: son las interpretaciones u opiniones que hacen los juristas (Abogados especialistas en ciertas materias del derecho, como ser Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho penal, Derecho laboral, etc) sobre las leyes para aclarar, de manera teórica, las interpretaciones de ciertas normas y sus aplicaciones. 

¿Qué es un Código y para qué sirve? 

Es un conjunto de normas referida a una de las ramas del derecho reunidas y ordenadas metódicamente para su consulta y aplicación. Es por ello que estas normas se encuentran numeradas para un mejor y más cómodo uso.- 

 

RAMAS DEL DERECHO: 

 

En Argentina, según el interés de la sociedad o del Estado, o el de los particulares, el derecho se divide en dos ramas, derecho privado y derecho público. 

 

DERECHO PRIVADO:  Aquella rama que regula las relaciones entre los particulares. Asimismo se subdivide en:

  • DERECHO CIVIL: Regula las relaciones de las personas* privadas entre sí.- 
  • DERECHO COMERCIAL: Rige las relaciones entre los comerciantes*
  • DERECHO LABORAL: Rama del derecho que regula la relación establecida entre el trabajador y el empleador.- 
  • DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: Esta rama del derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. 

 

DERECHO PÚBLICO:  Rama del derecho que tutela los intereses del estado y los particulares.- 



  • D. ADMINISTRATIVO: Rama del derecho que regula la relación de la administración con el administrado.
  • D.INTERNACIONAL PÚBLICO: Rama del derecho que regula la relación entre los sujetos del derecho internacional público (Entre los estados, organizaciones internacionales, etc.).  
  • Derecho Penal: Rama del derecho que sanciona una conducta, con penas privativas de la libertad.- 
  • Derecho Constitucional:  Se refiere a la organización de los poderes de gobierno y a los derechos y garantías individuales.- 

jueves, 20 de mayo de 2021

UNIDAD 1 - TRABAJO PRACTICO N°1

 


  DERECHO USUAL  Y PRÁCTICA FORENSE 

UNIDAD 1

DERECHO. CONCEPTO:

El Ser humano como un ser individual requiere de una comunidad donde desenvolverse y desarrollarse, pero no puede concebirse como una comunidad donde no existan pautas o reglas de conducta que hagan posible la convivencia y la superación de los inevitables conflictos de interés.

LA PALABRA DERECHO, ES UNA PALABRA POLISÉMICA,  ESTO IMPLICA QUE TIENE MÁS DE UN SIGNIFICADO: 

- En primer lugar, se entiende por Derecho la facultad que tiene una persona para hacer o no hacer algo o imponer o impedir a otro hacer algo (“tengo derecho a que se respete mi propiedad”, “tengo derecho a acceder a mi historia clínica, tengo derecho a ser oído, etc.”).

- Segundo, el término Derecho también se refiere a lo que es justo o razonable (“me impidieron la entrada ¡No hay derecho para que hagan eso !”).

- Tercero, el Derecho es la ciencia social que estudia los principios y preceptos jurídicos.

- Cuarto: El Derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana. Que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.- 

Asimismo para comprender el cuarto significado y el que nos ocupa en la materia, debemos definir también qué es una NORMA JURÍDICA: 

Una norma jurídica es toda regla emanada de la autoridad competente (PODER LEGISLATIVO) que rige el comportamiento de un grupo de personas determinado, en un tiempo y espacio dados, y de la cual se derivan consecuencias legales frente a su incumplimiento. 

Ahora bien, Las normas jurídicas no se presentan aisladas, sueltas, sino que se dan en conjunto, relacionadas. Un conjunto de normas jurídicas constituye un orden jurídico u ordenamiento jurídico.


Para poder comprender como funciona efectivamente el ordenamiento jurídico en nuestro país, algunos autores utilizaron la forma de una pirámide, en la cual, como se puede observar a continuación, en la cúspide encontramos a la Constitución Nacional (1); Luego veremos los tratados internacionales Por Ej. Declaración Universal de los derechos del hombre (2); luego las leyes nacionales Por ej. Ley de Contrato de Trabajo (3); Decretos del Poder Ejecutivo Por Ej,. Decretos de Necesidad y Urgencia (4); Constituciones provinciales Por Ej. Constitución de Neuquén (5) ; Sentencias judiciales Por Ej. Cuando se dicta sentencia judicial condenando o absolviendo a una persona; y por último se encuentran los Contratos entre particulares (7) Por Ej. Un contrato de compraventa de un vehículo.-




TRABAJO PRÁCTICO N°1

FECHA DE ENTREGA: Martes 25/05/2021.

El trabajo deberá enviarse al mail esteban_b_dh@hotmail.com


1) ¿ Cuáles son las fuentes del derecho ? 

2) Defina brevemente cada una de las fuentes del Derecho.

3) ¿ Cuáles de las fuentes del Derecho obligatorias para nuestro ordenamiento jurídico?

4)  ¿Qué es un Código y para qué sirve? 



lunes, 17 de mayo de 2021



 MATERIAL DIGITALIZADO 

A continuación dejo material digitalizado que utilizaremos para la materia, luego dejare otros artículos de interés y lectura: 

- MANUAL DE DERECHO USUAL Y PRACTICA FORENSE:  https://issuu.com/azeditora/docs/011-0009

- CONSTITUCIÓN NACIONAL: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm

-CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION: 

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm

- CONSTITUCIÓN PROVINCIAL: 

http://www.jusneuquen.gov.ar/constitucion-de-neuquen/





DERECHO USAL Y PRACTICA FORENSE 4 C - CPEM 27


¡Hola bienvenidos, estimados alumnos y alumnas!

Soy Esteban Alejandro Benitez, Abogado, profesor suplente de la materia Derecho Usual y Practica Forense dentro del curso de 4 C y CPEM N°27 - PLOTTIER. 

A través de este medio se publicaran los materiales y los trabajos prácticos a desarrollar en lo que va del ciclo lectivo 2021.

Para la aprobación de la materia es necesaria la participación activa del alumnado, entrega de los trabajos prácticos en las fechas previamente pactadas y deberán estar constantemente actualizados de los temas que se desarrollaran por este medio virtual.  

Se programaran encuentros virtuales, los cuales deberán asistir los alumnos para poder avanzar con el dictado de la materia como así también se desarrollará un espacio virtual a través de plataformas virtuales (como ser Zoom, Meet o Whatsapp, o aplicación mas accesible para el alumnado)  para evacuar todas las dudas que se le presenten  respecto al dictado de la materia. 

Dejo información de mi contacto personal para que podamos ir estableciendo la comunicación fluida Alumno/a - Profesor. 

- Teléfono personal 02994538448

- e-mail: esteban_b_dh@hotmail.com 

POR FAVOR ENVIAR UN MAIL CON EL NOMBRE Y APELLIDO DE CADA ALUMNO Y ALUMNA.-


UNIDAD 2 ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD - TRABAJO PRACTICO

  PERSONALIDAD JURÍDICA - ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD   La personalidad jurídica significa que los seres humanos son considerados sujetos...